¿Cómo funcionará el «sandbox» para las empresas fintech en España?

Mario Cantalapiedra    27 noviembre, 2020
Sandbox regulatorio para fintech

Las empresas fintech que ofrecen productos y servicios financieros innovadores utilizando la tecnología en España ya pueden probar sus proyectos en un entorno controlado de pruebas, bajo la supervisión de los poderes públicos.

La aprobación de un espacio controlado de pruebas, es decir, con características propias, lo que a nivel internacional se conoce como regulatory sandbox, era una petición muy demandada hace tiempo por las fintech, acostumbradas a ir tan deprisa en su innovación que a los reguladores les cuesta mucho seguirles la pista.

Con la entrada en vigor de la Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la Transformación digital del sistema financiero, esta petición se ha hecho realidad.

España puede ya sumarse a los países europeos que cuentan con estos entornos protegidos, como Países Bajos, Polonia o fundamentalmente Gran Bretaña, cuyo modelo está funcionando con éxito desde 2016, y ha servido de inspiración al español.

La aprobación del sandbox regulatorio, desde la perspectiva pública, tiene el objetivo de garantizar que la innovación aplicada al ámbito financiero es segura y beneficia al conjunto de la sociedad.

Más en concreto, se trata de que las fintech puedan probar sus innovaciones tecnológicas en el mercado, sin que ello afecte al nivel de protección de los clientes, a la estabilidad financiera y a la integridad en los mercados, ni se permita la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Desde el punto de vista de las empresas fintech, el sandbox puede lograr que los poderes públicos entiendan mejor sus modelos de negocio y eso lleve a que las regulen mejor.

Mecanismo de funcionamiento del sandbox

En términos generales, el mecanismo de funcionamiento del sandbox previsto en la Ley 7/2020 se inicia con la presentación, por parte del promotor, de la solicitud de acceso ante la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, acompañada de una memoria explicativa de su proyecto.

A continuación, la Secretaría traslada el proyecto a la autoridad supervisora correspondiente, que puede ser:

  • Banco de España, para proyectos de productos alternativos a los bancarios.
  • Comisión Nacional del Mercado de Valores, para proyectos de inversiones.
  • Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, para proyectos de seguros.

Y dicha autoridad supervisora debe emitir un informe favorable o desfavorable. Puede ocurrir que, dependiendo de la naturaleza del proyecto, los supervisores involucrados sean más de uno.

Si el informe del supervisor es favorable, se debe suscribir un protocolo de pruebas entre este y el promotor, tras el cual se realiza la fase de pruebas propiamente dicha. Es importante señalar que este protocolo se ha de firmar en un plazo máximo de tres meses o el proyecto decaerá.

El procedimiento básicamente finaliza con la autorización al promotor para ejercer la actividad, si el proyecto ha funcionado bien, o con su terminación si no lo ha hecho.

En este sentido, puede ocurrir que la prueba motive un cambio regulatorio en la legislación financiera, una vez que el regulador ha entendido el modelo de negocio, lo ha visto funcionar en el mercado y ha comprobado los riesgos.

Requisitos de los proyectos

Los proyectos que podrán presentar las empresas fintech han de ser nuevos, es decir, han de aportar una innovación de base tecnológica que sea aplicable al sistema financiero, y estar suficientemente avanzados.

En este sentido, en el sandbox no se busca probar ideas, sino proyectos que estén maduros, y cuenten con una tecnología ya preparada para probarse en el mercado con clientes reales.

Además, estos proyectos, a juicio de los supervisores mencionados, deben aportar un potencial valor añadido sobre los usos ya existentes en, al menos, uno de los siguientes aspectos:

  • Facilitar el cumplimiento normativo a través de la mejora u homogeneización de procesos u otros instrumentos.
  • Suponer un eventual beneficio para los usuarios de servicios financieros.
  • Aumentar la eficiencia de entidades o mercados.
  • Proporcionar mecanismos par la mejora de la regulación o el mejor ejercicio de la supervisión financiera.

Calendario previsto

La Ley 7/2020 prevé que existan dos convocatorias al año para presentar proyectos en el sandbox (una cada seis meses), y a ellas podrán acudir empresas que estén domiciliadas en la Unión Europea.

En la fecha en la que redacto el post, la previsión es que los proyectos puedan presentarse a partir de enero y febrero del año próximo, por lo que es posible que veamos las primeras pruebas en torno al mes de abril de 2021.

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