¿Por qué se habla tan poco de la Ley de startups?

Raúl Alonso    28 enero, 2019

Y aún tengo más preguntas: ¿es importante dotar a la startup española de una figura jurídica que la diferencie de otras iniciativas empresariales?, ¿un marco regulatorio específico fomenta o encorseta el ecosistema español de startup?, y aún más, ¿una Ley de startups convertirá a esta nación en más emprendedora?

Si lanzo el autospoiler de que ni en este ni ningún otro párrafo va a encontrar respuesta a las preguntas planteadas, ¿continuará leyendo? Pues con independencia de su respuesta, le agradecería que avanzara en una lectura cuyo único objetivo es informar de que se redacta una ley para startups que debe definir y clarificar aspectos esenciales para el desarrollo de este país. Sí, se trabaja en un marco legal específico para un tipo de emprendimiento que muchos consideramos vital en el avance hacia un nuevo modelo productivo, en la mejora de la competitividad del país, y en dotar al empleo de un  mayor valor añadido. El problema está en que muy pocos lo saben, y la esperanza, en confiar que los informados sean los necesarios para asegurar la calidad de la iniciativa.

Por si aún algún despistado se pregunta qué ente es capaz de acometer tan gran misión (al menos en opinión del autor), convendría aclarar el concepto de startup. Se trata de “empresas de reciente creación, normalmente fundadas por emprendedores, de base tecnológica, innovadoras y con una elevada capacidad de rápido crecimiento”, según definición del Ministerio de Economía y Empresa.

Qué objetivos tiene la Ley de startups

Remitiéndonos a los hechos, este pasado 25 de enero finalizó el proceso de consulta pública previo a la elaboración de la futura Ley de fomento del ecosistema de startups, más conocida como Ley de startups. Se inició el pasado 18 de diciembre, con el objetivo de recoger “las diferentes necesidades y sensibilidades del ecosistema”. Una información con la que redactar una ley que organice este ecosistema en base a los siguientes objetivos:

1. Diferenciar qué es una startup y qué no

Está claro que para aplicar una normativa específica, es necesario delimitar su radio de acción, y para ello es preciso:

  • Definir el tipo de organización, el entorno laboral, los medios técnicos y los canales de inversión que convierten una sociedad de capital en startup.
  • Especificar en qué canal y modo una sociedad puede acreditar su condición de startup ante las Administraciones públicas.

2. Definir los requisitos técnicos y económicos del business angel

La ley también pretende marcar las reglas del juego de estos agentes inversores privados sin cuyo capital y apoyo no cabe hablar del movimiento. Sin duda, una ocasión única para clarificar una figura no siempre bien entendida ni bien utilizada.

3. Mejorar la regulación del crowdfunding

Igual que otro de los canales prioritarios de financiación de la startup, la nueva ley se presenta como una oportunidad para optimizar este modelo.

4. Identificar deficiencias del ecosistema emprendedor

Tan ambicioso como indefinido, se pretende aprovechar la oportunidad para derribar las barreras legales, administrativas y financieras que lastran el desarrollo startup en la actualidad.

5. Identificar las necesidades de las empresas scaleups

Las empresas scaleups se definen como aquellas que crecen por encima del 20% durante más de tres años consecutivos o captan una financiación superior al millón de dólares. Ambas características se interpretan consustanciales a los proyectos especialmente escalables, capaces de crecer en su mercado de origen y otros.

6. Selección de medidas de apoyo e impulso de la startup

Se identifican los siguientes ámbitos de actuación:

  • Incentivos fiscales a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica, así como en relación con las inversiones y financiación. Ni que decir tiene que es uno de los puntos que más expectación despierta.
  • Incentivos en materia laboral, de Seguridad Social, y apoyo a la captación y fidelización del talento.
  • Medidas de discriminación positiva para favorecer la diversidad de género en el emprendimiento e incentivarlo entre colectivos vulnerables.
  • Incentivos a las grandes empresas para integrar la actividad de startup en su cadena de producción de bienes y servicios.
  • Mejora de los mecanismos de segunda oportunidad.
  • Simplificación de cargas administrativas.
  • Medidas de impulso al uso de instrumentos de compra pública que promuevan la participación de startups en los proyectos de la Administración.
  • Cualquier otra media encaminada a identificar y afrontar elementos relacionados con el talento, el emprendimiento y la cultura empresarial que sea necesario activar.

Debate con luz y taquígrafos

Al menos en su planteamiento teórico, la Ley de startups representa una nueva oportunidad para fomentar uno de los sustratos económicos más nutritivos en un país con tradición de regular casi todo. E insisto, lo que sorprende es que la voz de los agentes económicos (de un modo u otro, implica a todos) no se haga oír más alta y clara. Al objetivo tampoco contribuyen los medios de comunicación generalistas concentrados en debates más perentorios, aunque no sé si más importantes. Y sí soy consciente de que a la redacción del anteproyecto y la propia aprobación de la Ley de startups le espera un futuro incierto, pero los sistemas crecen y se perfeccionan en este tipo de debates.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *