Reforma RETA: más cambios para los autónomos

Mercedes Blanco    31 octubre, 2017

Tras la aprobación el pasado 24 de octubre de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, más conocida como la Ley de Autónomos, ahora queda pendiente la reforma de su régimen especial, el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Quizá el reto más importante de toda esta reforma consista no solo en afrontar los cambios necesarios en su sistema de cotizaciones, sino también en otros aspectos como la definición de la habitualidad y la parcialidad, la mejora de la situación de los TRADE (Trabajadores Autónomos Dependientes Económicamente), la protección social, la revisión de los módulos y la fiscalidad o la lucha contra la morosidad.

 

Una Subcomisión, seis meses y varias propuestas

El pasado 5 de abril, el Congreso de los Diputados constituyó la subcomisión para el estudio de la reforma del RETA. Ésta dispone de seis meses para presentar al Gobierno una propuesta de reforma con medidas concretas. Las principales propuestas que se están analizando son:

 

1. Cambio en el sistema de cotizaciones

Es una de las principales reivindicaciones del colectivo. En la actualidad, aunque un trabajador autónomo tenga un nivel de ingresos muy bajo, deberá pagar su cuota a la Seguridad Social, que en 2017 y si no se tiene ningún tipo de bonificación está en los 275 euros en su cuota mínima. La Subcomisión aborda la forma de cambiar este sistema, de manera que se adapten los ingresos a las cotizaciones. Desde diferentes asociaciones del sector, lo que se pide es trabajar con el concepto de «tramos». O, dicho de otra manera, establecer una cotización progresiva de acuerdo con los ingresos reales, definiendo unas bases diferenciadas según tramos de ingresos.

También se tiene en cuenta facilitar la cotización a los autónomos que no lleguen a la base mínima o incluso al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), estableciendo una tarifa plana de 50 euros durante los dos primeros años, en el primer caso, o, directamente, no aplicar cotización a la Seguridad social para los que no superen el umbral del SMI.

 

2. Revisión del concepto de habitualidad

O expresado de otra manera, ¿cuándo es obligatorio darse de alta como autónomo? De acuerdo con la Seguridad Social, se considera autónomo “aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo”. Y es aquí donde reside la confusión por la ambigüedad del término. En concreto, el término «habitual», ¿qué significa?, ¿cómo se interpreta? El Tribunal Supremo estableció, en una sentencia de 2007, que, si los ingresos son inferiores al SMI, entonces no hace falta darse de alta como autónomo. Es decir, que si un autónomo gana menos de 9.906,40 euros al año – tope fijado en 2017-  podría verse liberado de registrar su situación en la Seguridad Social.  Pero, ¡cuidado! No siempre es así.

Primero, porque se trata de jurisprudencia, no de normativa. Segundo, porque existe un vacío legal que deja en el terreno de la interpretación de las diferentes administraciones o funcionarios si darse de alta o no como autónomo.

Algunas de las propuestas que trabaja la subcomisión son: establecer claramente a qué colectivos se le puede aplicar el aspecto de habitualidad, exención de cotización para los autónomos que no superen el SMI, o que puedan demostrar que no han tenido actividad de forma continuada, durante dos meses en un año.

 

3. Jubilación parcial

Según la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos, UPTA, «la media de una pensión de un autónomo no supera los 645 euros, la de un autónomo del Mar 957 y la de un trabajador por cuenta ajena es de 1.019 euros».  Esta desventaja de los profesionales autónomos es la que la Subcomisión debe solventar.

En la recién aprobada Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo ya se apunta que la reforma del RETA debe trabajar en la posibilidad de que los autónomos se puedan jubilar de manera parcial. Pero, ¿de qué manera?, ¿cómo realizar el cálculo de la pensión final?

Algunas de las propuestas en las que se está trabajando son: compatibilizar pensión de jubilación y trabajo y tener en cuenta en el cálculo de la pensión final el total de todo lo cotizado en la vida laboral.

 

4. Mejora de la situación de los TRADE

De acuerdo con el Estatuto del Trabajo Autónomo, Ley 20/2007, de 11 de julio, un trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE) es aquel que factura más del 75% de sus ventas a un solo cliente. Se trata de una figura un tanto controvertida, por la similitud que guarda con los falsos autónomos, es decir, aquellos que son contratados por el sistema RETA por las empresas para evitar un contrato laboral y así ahorrarse los seguros sociales.

Justamente, reducir la figura del falso autónomo y conseguir que todos los trabajadores autónomos económicamente dependientes puedan ver sus contratos firmados en la Seguridad Social son los retos que tiene la Subcomisión a este respecto.

 

5. Morosidad y plazo de pago a proveedores

A pesar de contar con una Ley de Morosidad, lo cierto es que los autónomos sufren los retrasos en los pagos, especialmente por parte de las Administraciones Públicas y las grandes empresas. Con la reciente aprobación de la  Ley de Contratos del Sector Público este es un tema al que se le ha puesto coto. La reforma del RETA propone un régimen sancionador con diversas propuestas que se han de debatir, como el recargo automático del 5% si el retraso sobre la fecha de pago es de menos de 30 días, del 10% si es menor de 60 días y del 20% si supera los 60 días.

 

6. Mejoras en fiscalidad

A este respecto, la Subcomisión tendrá que revisar los recientes cambios introducidos en el SII (Suministro Inmediato de Información) de facturación de IVA, así como la revisión del actual sistema de aplazamiento del IVA.

Antes de que acabe el año, la Subcomisión tiene convocadas otras seis sesiones más. El propósito, presentar al Gobierno una propuesta de reforma, con medidas concretas, y poder contar con su implementación para mediados de 2018.  El objetivo es mejorar las condiciones de los trabajadores autónomos en materia de Seguridad Social y fiscal, empezando por su sistema de cotizaciones.

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