Documentación necesaria para solicitar un préstamo de la Línea ICO COVID-19

Mario Cantalapiedra    11 junio, 2020
Líneas de préstamos ICO COVID-19

Entre las soluciones financieras a las que están acudiendo las pymes y los autónomos para superar la crisis asociada al coronavirus, destaca la Línea de préstamos ICO COVID-19, aprobada por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.

La idea es que estos préstamos avalados en parte por el Estado permitan paliar los efectos económicos del coronavirus, garantizando la liquidez y cubriendo las necesidades de circulante (a corto plazo) de las empresas.

Los conceden las entidades financieras, y en el caso concreto de pymes y autónomos están avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) en un 80 por ciento del principal, no garantizándose ni el pago de intereses ni de comisiones.

Tramos liberados para pymes y autónomos

En principio la Línea de préstamos ICO COVID-19 prevista alcanza los 100.000 millones de euros, de los cuales ya se han liberado 80.000 (60.000 para pymes y autónomos, y 20.000 para el resto de empresas).

En concreto, para pymes y autónomos se han dispuesto los cuatro tramos siguientes:

  • 24 de marzo: 10.000 millones de euros.
  • 10 de abril: 20.000 millones de euros.
  • 5 de mayo: 10.000 millones de euros.
  • 19 de mayo: 20.000 millones de euros.

A pesar de que muchos empresarios ya han acudido a estos préstamos, todavía pueden seguir solicitándose, en principio hasta el próximo 30 de septiembre o hasta que se agoten los fondos, teniendo en cuenta que todavía no se ha alcanzado el límite previsto.

Por tanto, es interesante que aquellas pymes y autónomos que se estén planteando utilizarlos, conozcan los documentos y datos que, por regla general, les pedirán los bancos.

Documentos solicitados

Debe diferenciarse entre empresarios (pymes y autónomos) con alta en 2019 y ejercicios anteriores, y empresarios con alta en 2020.

Empresarios con alta en 2019 y ejercicios anteriores

Pymes

  • Certificado de situación censal.
  • Escritura de constitución.
  • Número de identificación fiscal.
  • Cuentas anuales a 31 de diciembre de 2019.
  • Informe de auditoría, en el caso de que la sociedad esté obligada a auditarse.

Autónomos

  • Certificado de situación censal.
  • Modelo 390 de 2019 (declaración resumen anual de IVA).
  • Modelo 130 del cuarto trimestre de 2019 (declaración trimestral de IRPF).
  • IRPF 2019.

Empresarios con alta en 2020

Pymes

  • Certificado de situación censal.
  • Escritura de constitución.
  • Número de identificación fiscal.
  • Balance de situación inicial.

Autónomos

  • Certificado de situación censal.
  • Número de identificación fiscal.

Datos solicitados

En cuanto a los datos solicitados por las entidades financieras que conceden los préstamos ICO COVID-19, destacan los siguientes (que habrán de ser aportados siempre que el empresario por sus circunstancias particulares deba tenerlos):

  • Clase de préstamo solicitado (renovación o nuevo circulante).
  • Fecha de alta en la actividad.
  • Fondos propios a cierre de 2019.
  • Facturación del ejercicio 2019.
  • Total balance a cierre de 2019.
  • Empleados a cierre de 2019 y actuales.
  • Estimación de los gastos anuales de personal.
  • Certificación de las necesidades de liquidez en los próximos 18 meses.
  • Datos de mercado exterior (exportaciones/ importaciones/ países).
  • Declaración de no encontrarse en concurso. Los préstamos no pueden ser solicitados por empresarios que a 17 de marzo de 2020 se encuentren en dicha situación.
  • Permiso de consulta a la Central de Información de Riesgos del Banco de España, para comprobar que el empresario no figura en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019, en cuyo caso no puede solicitar el préstamo.
  • Declaración de ayudas públicas recibidas, para comprobar que no se superan los límites.

Informe financiero

Por último, y aunque no sea obligatorio, resulta muy recomendable acompañar la petición de fondos avalados por el ICO de un informe financiero en el que se incluyan los siguientes apartados:

  • Detalle de la situación económico-financiera previa al coronavirus.
  • Detalle de la situación actual con el estado de alarma (plan de contingencia emprendido por la empresa para superar la situación).
  • Detalle de las necesidades de liquidez, en consonancia a lo expuesto en la certificación de necesidades ya comentada.
  • Previsiones económico-financieras: presupuesto de tesorería, balance y cuenta de pérdidas y ganancias.

Este informe es significativo, ya que a pesar de que el préstamo esté avalado en gran parte por el Estado, son las entidades financieras las que analizan el riesgo de la empresa y sus posibilidades de supervivencia antes de aprobar la operación.

Tanto la cantidad como la calidad de la información que se les presente pueden aumentar las posibilidades de concesión.

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