Qué te interesa saber sobre la nueva Ley del autónomo

Raúl Alonso    30 junio, 2017

Llevamos años oyendo hablar de ella, pero la nueva ley de autónomos ya está aquí. La Comisión de Empleo acaba de aprobar un texto que en opinión de las organizaciones del colectivo supone un avance, si bien parece quedar lejos de ese objetivo inicial de acercar las condiciones del autónomo al resto de trabajadores, y de crear un marco jurídico que apoye al trabajador por cuenta propia en sus primeros pasos de un modo más acorde a su situación real.

Es de esperar que en un futuro trámite parlamentario se dé respuesta a temas tan importantes como la definición de habitualidad, las fórmulas de cotización a tiempo parcial (sin duda, prioritarias) o la regulación de obligaciones y derechos del autónomo que no llegan al Salario Mínimo Interprofesional. Así, es justo recordar que siendo positiva, la aprobación tiene también mucho de ocasión perdida, por ejemplo, para haber reflexionado sobre la posibilidad real de avanzar en el llamado paro del autónomo.

Pero seamos prácticos, la Ley de medidas urgentes del trabajo autónomo -que de urgente ha tenido poco- aporta un nuevo marco con el que ya conviene ir familiarizándose. Repasamos sus principales novedades de la mano de ATA (Federación Nacional de Trabajadores Autónomos), una de las organizaciones más implicadas en su redacción.

 

Las 14 principales novedades de la nueva Ley del autónomo

 

  1. Se amplía la tarifa plana de 50 euros. Desde ahora será de doce meses, además solo habrá que esperar dos años a la interrupción de la actividad para poder disfrutar de ella. Antes este periodo era de cinco años.
  2. Reducción del 30% en suministros cuando se trabaja desde casa. Una medida que por fin regula el eterno debate sobre la deducción fiscal en consumos de agua, luz, electricidad y telefonía cuando la actividad se realiza en el hogar. Desde la aprobación se podrá deducir el 30% de estos consumos, por encima del 20% que se había estipulado hasta el último momento de la negociación.
  3. Hasta 26,67 euros diarios deducibles por dietas. También en pacto de última hora, los autónomos podrán deducirse esta cantidad por dietas, cifra que asciende a 48,08 euros en sus desplazamientos al extranjero. Es importante saber que estos gastos siempre deben estar justificados de forma telemática. La medida iguala las condiciones del colectivo con las de los asalariados.
  4. Posibilidad de cambio en la base de cotización. El autónomo podrá modificarla hasta cuatro veces al año para adecuarla a sus ingresos reales.
  5. Alta y baja en el RETA. Se dota de una mayor flexibilidad a la relación con el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, permitiendo tres altas y bajas durante el ejercicio, de modo que el pago se ajuste a los días trabajados.
  6. Menor recargo por retraso en el pago a la Seguridad Social. Así la penalización por demora en el cumplimiento de la cuota pasa del 20% actual al 10%.
  7. Aquellos que compatibilizan su condición de autónomos con trabajo por cuenta ajena ya no tendrán que reclamar a la Administración el abono por exceso de cotización, que a partir a de ahora se devolverá de oficio.
  8. Jubilación. Se compatibiliza la pensión al 100% del trabajo por cuenta propia y del autónomo.
  9. Maternidad. Se habilita la tarifa plana de 50 euros para las mujeres que se reincorporen a su actividad tras ser madres.
  10. Conciliación laboral y familiar. Los autónomos con responsabilidad en el cuidado de menores o dependientes podrán disfrutar de una exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año.
  11. Se mejoran las condiciones de las personas con discapacidades para emprender y acceder al régimen de autónomos, y se permite la contratación en condiciones especiales por parte del autónomo de los hijos con discapacidades.
  12. Accidente in itinere. También dentro del capítulo de mejoras sociales, se reconoce como accidente laboral los incidentes con consecuencias para la salud del autónomo en sus desplazamientos de ida y vuelta al centro de trabajo.
  13. Prevención de Riesgos Laborales. La Ley incorpora acciones tanto en los programas de información como de formación en el área de PRL. Con este fin, las Administraciones Públicas con competencias colaborarán de forma más efectiva con las organizaciones de autónomos.
  14. Formación. Un punto señalado como muy positivo por las asociaciones que se supone dará respuesta a una reivindicación histórica: adaptar la formación a las necesidades reales, en particular, de consolidación empresarial y mejora de la competitividad.

 

Más influyentes

Desde el punto de vista de la representatividad del colectivo de autónomos en la vida política y social, también hay importantes avances. Las organizaciones representativas pasan a ser consideradas de «utilidad pública» y antes de un año deberán formar parte del CES (Consejo Económico y Social), además se debe constituir el Consejo de Trabajo Autónomo para dar respuesta de forma más ágil a sus demandas.

Comentarios

  1. Excelente artículo. Explica los puntos de la nueva ley sin que falte ni sobre nada.

    Aunque hablando de autónomos aún estemos lejos de otros países como Holanda o Reino Unido, las reformas que empujen la actividad de este colectivo tan importante para la economía siempre serán bienvenidas.

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