¿Te has beneficiado del Plan PIVE por comprar un vehículo? ¡Cuidado! Debes declararlo en el IRPF

Bartolomé Borrego    28 abril, 2014

ACTUALIZACIÓN ABRIL 2016:

¿Qué ocurre si se declaró la ayuda del plan PIVE en la Renta 2014 y ahora vuelve a aparecer en el borrador de 2015?

Si la compra del vehículo la realizasteis en 2014 y la subvención la obtuvisteis ese mismo año, no tenéis -por supuesto- que volver a declararlo este año.
El motivo de que aparezca el dato este año es porque, a veces, se produce un desfase entre la comunicación que realiza el concesionario y cuando lo recibe la Administración y la declara a la AEAT.
Lo que sí va a ocurrir con toda seguridad es que vuestra declaración de IRPF 2015 va a quedar retenida y el funcionario que os la compruebe tendrá que verificar este extremo.
Por todo ello y para facilitar su rápida resolución, os recomiendo que junto con la declaración de 2015 presentéis un escrito aclarando este hecho (bien en papel o por vía electrónica a través de la sede electrónica). Así, cuando el funcionario la compruebe, tendrá toda la información a mano y tardará menos en liberaros la retención y, en su caso, la posible devolución que proceda.

 

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Es relativamente frecuente que los distintos Gobiernos, en determinados momentos y ante determinadas circunstancias, concedan algún tipo de ayuda a determinados sectores económicos. En unos casos, son concedidas por el propio Gobierno y materializadas a través de diferentes planes o programas de incentivos, como le ha ocurrido al sector del automóvil (PIVE, PREVER, RENOVE, etc.). En otros, son las Comunidades Autónomas las que las promueven, como es el caso de las ayudas para la adquisición de productos electrodomésticos de gama blanca (plan RENOVE de electrodomésticos de la Junta de Andalucía). Lo cierto es que estas ayudas no lo son en su cuantía total, porque -aunque se informa de ello- quedan sujetas a tributación en el IRPF.

Supongo que esto que os estoy contando os ha sorprendido a muchos de vosotros, tanto como me ocurrió a mí cuando fui consciente de ello. Por este motivo, por su trascendencia, y sobre todo si ya has confirmado tu borrador o presentado tu declaración de Renta 2013, voy a centrarme en este post únicamente en la ayuda que el Ministerio de Industria y Energía ha venido concediendo a través del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PLAN PIVE), que es la más reciente, y por su importe, la más significativa, una ayuda que fue aprobada por Resolución de 28 de septiembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Energía (B.O.E del 29).

Aquellos contribuyentes que, a lo largo de 2013 hayan adquirido un vehículo y siempre que cumplieran con los requisitos que se establece en la norma anterior, hayan tenido la oportunidad de beneficiarse de una ayuda de 1.000 euros, que fue gestionada por el fabricante/importador o punto de venta, y que independientemente de que se hubiera instrumentado como descuento sobre el precio de venta, está sujeta a tributación. Sin embargo, la forma en que se ha de materializar la declaración de la misma será diferente en función de la condición del adquirente.

Si la ayuda fue percibida por un empresario o profesional y el vehículo adquirido se afectó a la actividad, dicha ayuda habrá de declararse como un ingreso más dentro del rendimiento de la actividad económica.

Por el contrario, si el beneficiario de la ayuda fue una persona física que no realizaba actividad económica alguna, dicho importe constituye una ganancia patrimonial no derivada de transmisión de elemento patrimonial, que tendrá que integrarse en la base imponible general, pues se trata de un ingreso no derivado de una transmisión patrimonial, que está sujeto a una carga impositiva denominada «tipo marginal».

No obstante, tan solo tributarán los 1.000 euros que son aportados por el Gobierno o los 1.500 en el caso de que se trate de vehículos para familias numerosas o personas de movilidad reducida, ya que los restantes 1.000 o 1.500 euros son un descuento que aplica directamente el punto de venta.

A la vista de lo anteriormente comentado, si has sido agraciado con una de estas ayudas, debes tenerlo en cuenta en caso de que aún no hayas presentado tu declaración de Renta 2013 o confirmado el borrador. En el supuesto de que ya lo hubieras hecho, todavía estás a tiempo de enmendar el error, ya que aún tienes la posibilidad de presentar una declaración complementaria.

Lo que esta circunstancia pone de manifiesto es una falta grave por parte de la propia Administración otorgante de la ayuda (Ministerio de Industria), que -según parece- no debe de haber comunicado la concesión de dichas ayudas a la A.E.A.T., motivo por el cual estos importes no aparecen reflejados en las imputaciones o datos fiscales que la Administración Tributaria ha puesto a disposición de los todos los contribuyentes en general y de los perceptores de la mencionada ayuda en particular.

Considero que, llegado el caso, podría ser cuestionable el hecho de poder sancionar a un contribuyente que hubiera presentado una declaración que ha sido confeccionada por la propia Administración Tributaria (Borrador de la declaración) y que no sea correcta desde el punto de vista tributario al no contener el dato de la ayuda percibida. Ya sé – y todos sabemos- que «la ignorancia de la Ley no exime de su cumplimiento», pero… si consideramos que:

  1. El Ministerio ha publicitado una ayuda (que ciertamente lo es, aunque por un importe final inferior al publicitado) sin informar de las repercusiones fiscales de la misma.
  2. El «currito de a pie» no ha sido informado en la mayoría de los casos de este extremo ni por el otorgante ni por el vendedor.
  3. Estoy convencido de que incluso muchos de los asesores fiscales también ignoran esa sujeción de la ayuda al IRPF.
  4. La Agencia Tributaria no ha incluido estos importes en los datos fiscales y/o borrador de Renta. Sin embargo, este argumento podría ser fácilmente rebatido, puesto que en el portal dedicado a la actual Campaña de Renta 2013 informa expresamente de ello, así como en la pregunta nº 133020 del Informa.
  5. La única información y clara ofrecida al respecto se encuentra en la página web PlanPIVE.net, en el apartado de preguntas frecuentes, una página que no puedo asegurar que tenga el carácter de oficial, puesto que no figura en ella ninguna referencia a la institución que está detrás de ella.

¿Se le puede exigir al beneficiario de la ayuda algún tipo de responsabilidad por no declarar este importe? Si no atenemos a la ley, sí. Por ello, si me permitís un consejo, yo os recomiendo que lo declaréis, que aún estáis a tiempo para hacerlo sin ningún tipo de recargo ni sanción, puesto que aún no ha finalizado el plazo de presentación de la Renta, y sobre todo, por el hecho de que aunque en el momento de ofrecer la A.E.A.T. los datos fiscales o el borrador no figure dicha información, no significa en absoluto que no vaya a disponer de ella más adelante.

Comentarios

  1. Una consulta. He confirmado el borrador en el que no aparecía la ayuda de 1000 eur del plan pive. Pero he decidido que realizaría una complementaria rectificando el error y declarando los 1000 eur. En la primera presentada me devolvían 58,21€. En la complementaria me sale a pagar 241,79€. Finalmente me sale que tendré que pagar 300€ que se me cobrarán el 30.06.14. Deduzco por ello que me ingresarán los 58,21€ de la primera y me cobrarán posteriormente 300. Por tanto así se me cobrarán loos 241,79€. ¿Es asi?

  2. Hola Xisco;
    Es totalmente correcto lo que has hecho, por un lado te devolverán los 58,21€, y por otro tienes que hacer una complementaria partiendo del importe del que solicitaste la devolución, cuyo resultado es que tienes que ingresar los 300€ de forma que el resultado neto de tu declaración sea a ingresar los 241,79€.
    Saludos

  3. Hola de nuevo Xisco;
    Existe también otra posibilidad para el caso que me planteas y en el supuesto de que aún no hubieras recibido la devolución. No es muy ortodoxo, pero es una práctica generalizada en todas las Administraciones, y consiste en presentar un escrito comunicando el error producido y solicitando la anulación del Borrador, con lo que en la complementaria únicamente ingresas el resultado real, que en tu caso hubiera sido los 241,79€.
    Si bien esta práctica requiere que la correspondiente Administración anule el Borrador en cuanto reciba el escrito para evitar que se genere la devolución, ya que de producirse ésta quedarías fuera de juego al ingresar menos importe del que deberías ingresar.
    Un saludo

  4. Buenas tardes,
    En 2013 recibí el Plan Pive. En la renta, lo único que me desgravo es el alquiler de la vivienda habitual. Al hacer el borrador, sin incluir el Plan Pive, me sale a devolver 567,23euros. Según mi base imponible, debería de tributar por estos 1000 euros al 30%, por tanto pagar 300 euros. Lo que no entiendo es que al incluir los 1000 euros del Plan Pive como ganancia patrimonial, el resultado es que me devuelven 125,27euros. Por tanto, estoy tributando 141,96euros de más que no sé a que se deben. Agradecería si pueden aclarármelo ya que en Hacienda lo pregunto y no han sabido darme respuesta. Muchas gracias.
    Un saludo

  5. Buenos días Anna;
    Sin tener tu declaración delante es un poco complicado ver tus cálculos, no obstante, se me ocurre como posible motivo el hecho de que el incremento en tu base imponible motivado por la inclusión de la subvención te haya originado un aumento también en la escala de gravamen, y en último caso, que hayas tocado sin darte cuenta algún otro dato de tu declaración.
    Un saludo

  6. Estimado Antonio Jesus;
    Si lees el 4º párrafo del artículo, verás que tanto los profesionales como los empresarios o los particulares, están obligados declarar la ayuda. En tu caso, como profesional, la obligación que tienes es la de considerar la ayuda como un ingreso más de tu actividad.
    Saludos

  7. Buenas, en la renta próxima del 2014 tendré que declarar los 1000 euros del plan PIVE, ¿pero se tiene que declarar todo en el mismo año? ¿No cabe la posibilidad de declarar en 4 años como ocurría con las ayudas de vivienda vpo? Un saludo

  8. Hola!.Yo también compré un coche en 2013 y recibí la ayuda , ayer mismo me entere q hay q tributar por ella.El caso es q a mi todavía no me han realizado la devolución porque me están comprobando la declaración. Debería hacer una complementaria antes que me hagan una notificación, pero no sé en que casilla incluir esta ayuda.Alguien podría orientarme por favor.
    Gracias.

  9. Hola, hoy he realizado mi declaración y me dado cuenta de que no he puesto el plan pive. El caso es que he hecho una complementaria y en la primera me devolvían 1400 y en la rectificada 1170 o así. La complementaria la he hecho también hoy mismo. ¿Cómo te ingresan el dinero???, ¿me ingresan 1400 y me quitan luego 230? Es que nunca me ha pasado esto. Gracias.

  10. esto no hay quien lo entienda.
    compre coche en 2013 con plan pive incluido.
    en 2014 hago la declaración y lo incluyo.
    en 2015, no me dejan confirmar borrador porque dice que en 2014 he recibido una subvención. (yo solo tengo mi sueldo e hipoteca). supongo que dicha subvención es el plan pive.
    ¿modifico mi borrador del 2014 incluyendo el plan pive y hago una complementaria del 2013 para quitar el plan pive que lo declaré en ese año?
    pd. el coche lo compre en diciembre 2013

  11. Al meter los 1.000 € en la casilla 266. Vaya disgusto tengo… Yo tengo unos ingresos brutos de 14.000 €, no tengo otro de ingresos de nada, más que mi nómina. Tengo 2 hijos menores y una hipoteca. Muy sencillo. Pues bien.. yo esperaba que de los 1.000 € me quitaran el 24,75 %, es decir 247,50 €. Cual es mi sorpresa, que cuando pongo los 1.000 € en la casilla 266, me quitan 100 € más, es decir, me quitan 350 €. Yo contaba con 247,50 €

    No entiendo nada y tengo un cabreo… He llamado a la AEAT y tampoco son muy explícitos y saben decirme .. Uno decía que si falta el IVA del 21 %, que me he quedado a cuadros… Que sería entonces un 24,75 % + 21 % de IVA. Yo creo que no sabía ya que ni que contestar.

    Sabe alguien decirme algo…

    He leído en otros foros, que hay gente que no mete el plan pive en el borrador, y luego haces una complementaria y así es el «truquillo» de que en la complementaria solo me quite ese 24,75 % de los 1.000 €, es decir, los 247,50 con los que contaba…

    Estoy bastante confusa y disgustada, a ver si a alguien se le ocurre algo..

    Gracias…

  12. Buenos dias a mi me pasa como a Laly compre el cohe a finales del 2013 y declare los 1000 euros en la declaracion del 2014 y ahora en el 2015 no me dejan confirmar el borrador por la subvencion, que me aconsejais hacer, voy a hacienda a hacer la declaración y les explico lo ocurrido, vaya rollo estoy un poco agobiada. Muchas gracias

  13. A finales del 2013 compré un coche, adecuándose a las características del plan pive. Hasta ahora no me había enterado que lo tenía que incluir. Mirando en los papeles del coche he visto que tengo el Modelo 576. Este modelo significa que ya lo tengo declarado? O tendría que hacer una complementaria al ejercicio 2013 y este modelo únicamente es una autoliquidacion de primera matrícula?. Alguien me puede informar

  14. Buenos días, en diciembre de 2014 adquirí un coche con el Pive, el coche lo puse a mi nombre pero al estar casado en régimen de gananciales, mi duda es si al hacer la declaración individual declaro yo los 1000 € o por el contrario debo incluirme 500 € y los otros 500 € en la declaración individual de mi esposa. Gracias de antemano.

  15. BUENAS adquirimos el coche en el 2013 con el plan pive. No sabiamos que teníamos que declararlo y ahora me ha venido un recargo y tengo que modificar el borrador de este curso pero no tengo ni idea. Espero ayuda por favor.

  16. Omití el plan pive en la declaración 2014. Compré el coche el 2013 y me ha llegado la carta diciendo de hacer la complementaria. He ido a Hacienda y me dan la opción de que mediante un escrito a Hacienda me hagan ellos la complementaría o me la haga un gestor (yo no se, ni me atrevo). Pero me dicen que si me la hace Hacienda me sale mas caro que un gestor. Como es posible?. Como se yo o el gestor el importe de la multa que tendré que pagar?.

    Un saludo

  17. HOLA,HE RECIBIDO UNA CARTA PORQUE TENGO QUE DECLARAR LOS 1000 EUROS DE UN PLAN PIVE EN 2013 Y QUERRÍA SABER COMO HACER LA COMPLEMENTARIA QUE ME GENERA UNA CIFRA NUEVA LA CUAL TENGO QUE PAGAR EN EL BANCO Y LUEGO PRESENTAR EL RECIBO EN HACIENDA PARA QUE ME APLIQUEN APARTE DE SOBRE LOS 300 EUROS UN RECARGO DEL 20%

  18. Compré coche con plan pive en el 2010 y no sabía que tenía que declararlo. Ahora me vino una carta. ¿Cuánto tendré que pagar a Hacienda por no haberla hecho? Ya tengo cita.

  19. compre un coche en 2014.
    no supero los ingresos mínimos por lo que no estoy obligada a declarar, pero al decirles la compra del coche e incluirlo me sale a pagar.
    he de presentar la declaración aunque no este obligada por ingresos mínimos?
    gracias

  20. Hola en 2014 compre un vehículo a nombre de mi hijo con minusvalía,con el Plan Prever
    ya he hecho la declaración la he presentado y he cobrado.. que debo de hacer para solucionar el problema.

    Por otro lado,mi mujer no está obligada a hacer la declaración de la renta, si el coche lo hubiese puesto a nombre del niño y de ella como titular, tendría que declarar esta subvención o no.
    gracias

  21. Mi cuñado recibió ayuda del plan prever en 2010 y no la incluyó en su declaración de la renta.
    El problema es que falleció en 2013 y ahora mi hermana recibe una carta para que regularice esa situación.
    Ahora no sabemos como presentar una declaración complementaria de un fallecido.

  22. Hola en 2014 compre un vehículo con el plan pive a nombre de un menor de 8 años con minusvalía y ya hemos hecho la declaración y no se ha incluido…
    cómo se puede solucionar
    el coche se compró a nombre del menor quien lo tiene que incluir en la declaración yo o mi mujer ya que la hemos hecho por separado

  23. hola, acabo de comprar un coche y entre los papeles que me han enviado del coche hay uno que es el modelo 576 de la declaración de la renta. Yo no he hecho plan pive porque no tenía coche para entregar, y pone algo de matriculación. y también pone importe a ingresar 330 euros. No entiendo si esto lo tengo que presentar en la declaración de la renta, que consecuencias tiene, que significa por favor, porque era el concesionario quien se encargaba de la matriculación. tengo que declarar la compra de un coche? de todas formas entraría ya en la declaración del proximo año no? no entiendo nada y estoy hecha lio, si me podeis ayudar por favorrrr!! gracias

  24. Hola, compre un coche en 2014 y me dieron la ayuda del PIVE. Por necesidades de la vida necesito venderlo, ¿Estoy obligada a tenerlo un tiempo al haber recibido esa ayuda?
    Muchas gracias.

  25. Compre un coche con plan pive a nombre de un menor, 7 años (con su dinero) es mi hijo, ahora me pregunto si tiene que hacer declaración si no tiene ningún ingreso, gracias

  26. Buenos días, yo acabo de recibir una carta de Hacienda diciendo que tengo que hacer una declaración complementaria del 2010 por el plan 2000E al comprar un vehículo, pero el descuento que tengo del vehículo es 1000€ del fabricante por el plan E, no viene estatal ni autonómico, tengo que hacerla? Porque esa creo k no tributa, gracias.

  27. Recibí el 17/06/2015 un requerimiento de Hacienda para regularizar mi declaración del año 2010, cuando compré mi coche, pido en el concesionario la factura y en ella no consta que el plan 2000E de ayuda del gobierno me fuera concedida, ¿qué pasos tengo que seguir?

  28. Queria realizaros una consulta. Compre un coche en diciembre del 2014. Inclui el plan renove en la declaracion de la renta correspondiente a ese año.
    Ahora al ir a efectuar la declaracion de la renta correspondiente al 2015 me aparece el concepto Programa Incentivos al vehiculo electrico (PIV para seleccionarlo en la primera pantalla de la declaracion.

  29. Queria realizaros una consulta. Compre un coche en diciembre del 2014. Inclui el plan renove en la declaracion de la renta correspondiente a ese año.
    Ahora al ir a efectuar la declaracion de la renta correspondiente al 2015 me aparece el concepto Programa Incentivos al vehiculo electrico (PIV para seleccionarlo en la primera pantalla de la declaracion.

  30. Como se puede presentar un escrito a traves de la sede electronica,para aclarar que ya declare el plan pive en la renta de 2014?Donde me tengo que dirigir exactamente?.He estado mirando y no se donde es.
    Gracias

  31. YO LO COMPRO UN COCHE NUEVO EN 30 OCTUBRE 2015 . ICLUIDO PLAN PIVE.QUE DEBER HACER A DECLARADO ESTA AÑO 2016. LA CASA MI DARAN UN PAPEL MAS POR DECLRACION DE RENTA .
    PORF UN CONSEJO .
    GRACIAS

  32. Compré un coche en septiembre de 2013 y ahora me notifican que debo declararlo en una complementaria. Otra tomadura de pelo del gobierno del sobre. Indignante y penoso!!

  33. Compre vehiculo en Noviembre de 2014. En la renta de ese ejercicio confirme borrador de Hacienda sin saber si tenía que declarar PIVE pues a mi no me figuraba en los datos fiscales de ese año. Ahora en el ejercicio de 2015 acabo de confirmar borrador en la web de hacienda y me aparecía en los datos fiscales como que había recibido el PIVE en 2015. Ya confirme borrador sin meter PIVE. Mi declaración era a devolver y aparece como que están comprobándola. Que tengo que hacer?

  34. Me ha pasado lo mismo compre vehículo noviembre 2013 y no lo declare por error de la gestoria,convencido estaba que si estaba declarado pero no,ki problema es que no encuentro el papel donde se me concedió el plan pive, ¿sabéis donde puedo pedir un duplicado de ese documento?

  35. Hola. Compre un coche en Septiembre 2013 y me notifican ahora que debo declarar por la ayuda del plan PIVE. No hice la declaración de 2013 porque no tenía obligación de acuerdo con mis ingresos. Quisiera saber si ahora tengo la obligación de hacer la declaración del 2013, o si estoy exento, y en caso de hacerla si sólo pagaría por los 1000 E. del Pive ( 247,50 E.) o por el total de mis ingresos 16000 E. ( 797 E.) .
    Por favor contestarme. Gracias.

  36. Una consulta. Compre un coche en diembre del 2012 en Castilla-Leon, acogiendome al plan PIVE 2012, e hice la declaracion de la renta en la HACIENDA FORAL DE GUIPUZCOA (que es donde he estado viviendo desde el año 2011 hasta el año 2015. Ahora voy a hacer la declaracion del ejercicio 2015 en la HACIENDA ESPAÑOLA porque desde principios del 2015 ya vivo en Castilla-Leon. Me han mandado una carta informandome de la obligatoriedad de tributar dicha ayuda del plan PIVE 2012.
    Preguntado en la HACIENDA FORAL DE GUIPUZCOA, me informan de que en dicha provincia se esta exento de tributar dicha ayuda, pero no se bien en que decreto o articulo viene reflejado. Queria saber si es cierto dicha exencion para informar a la HACIENDA ESPAÑOLA y el articulo donde viene reflejada dicha exencion. MUCHAS GRACIAS.

  37. Hola! mi duda es que casilla tengo que marcar al querer hacer una complementaria por lo del plan pive.. no se cual es la que me corresponde.
    Le agradeceria que me ayudaran

  38. Buenas yo me compre el vehículo en diciembre del 2012 en que ejercicio o borrador lo tenía que haber incluido . Como hago la complementaria

  39. Buenos días,
    estoy haciendo la complementaria del año 2012 por causa del plan pive,.
    La cuestion es que en la casilla 312 pongo los 1000 euros de ayuda y en la 917 no me refleja la ayuda autonómica por hijo a cargo.Si en vez de 1000 pongo otra cantidad si me refleja la deducción por hijo. No entiendo si es un error del programa PADRE o es una causa normal. Muchas gracias

  40. En octubre del 2015 compre un auto nuevo me descontaron la ayuda del plan Pive 750 euros que declare en la renta del 2015. Y hoy 19 junio de 2017 me comunican que en la declaración 2016 no e incluido los 750 euros. Y que haga na complementaria. He pedido cita para el viernes 23 para aclarar el tema.

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