Cómo declarar correctamente el nuevo IVA

David Ballester    1 octubre, 2012

Si has leído Adiós IVA, hola IVA y Todas las claves prácticas del nuevo IVA tienes información sobre la reforma y los cambios que se han producido en el Impuesto sobre el Valor Añadido y que han entrado en vigor el pasado día 1 de septiembre.

Para completar la información que te he ofrecido en los posts anteriores, en este comparto contigo todo lo necesario para que puedas elaborar correctamente tu primera declaración de IVA con los nuevos tipos impositivos vigentes.

Y efectivamente, has leído bien, el cambio en los tipos impositivos del IVA se ha producido el 1 de septiembre, es decir, dentro del período comprendido en el tercer trimestre del año del ejercicio fiscal de las pymes, que empieza el 1 de julio y finaliza el 30 de septiembre. Y eso hace que esta declaración se nos presente con una novedad muy importante.

 

Principal novedad en las declaraciones del IVA a partir del mes de septiembre de 2012

A partir de ahora, en las declaraciones de IVA se va a dar la situación de que en el mismo período de liquidación y declaración trimestral puede haber operaciones de entregas de bienes y prestaciones de servicios que van a tener el IVA “antiguo”, es decir, el 8 y 18% y el IVA “nuevo” del 10 y 21%.

 

¿Cómo declarar correctamente el IVA a partir de septiembre?

A partir de septiembre, para declarar correctamente el IVA que la pyme ha facturado a sus clientes (IVA devengado), se deben sumar todas las bases imponibles y todas las cuotas de IVA repercutidas y en la casilla del tipo impositivo se debe incluir el tipo resultante del cociente entre la cuota y la base imponible declarada.

Si el cociente no da número entero, se deben incluir los dos primeros decimales del número resultante.

 

¿Qué sucede con las facturas rectificativas emitidas por mi pyme en septiembre que modifiquen facturas que tengan fecha de antes del 1 de septiembre? ¿Qué tipo de IVA debo incluir, el nuevo o el anterior?

En este caso se deberá incluir en la factura rectificativa el mismo tipo impositivo que en la factura anterior que se modifica (8 0 18%).

 

¿Y todo esto cómo se hace en la práctica?

Para completar la información sobre cómo declarar correctamente el IVA a partir de ahora, a continuación se presenta un ejemplo práctico sencillo de la declaración del tercer trimestre del 2012 de la empresa Pyme S.L.

 

 

PYME S.L. Datos Tercer Trimestre de 2012
IVA Devengado

Base

Tipo IVA

Cuota

Julio

60.000,00

18,00

10.800,00

Agosto

45.000,00

18,00

8.100,00

Septiembre

-10.000,00

18,00

-1.800,00

Septiembre

50.000,00

21,00

10.500,00

Total IVA devengado

145.000,00

 

27.600,00

IVA Deducible

Base

Tipo IVA

Cuota

Julio

1.500,00

8,00

120,00

Julio

20.000,00

18,00

3.600,00

Agosto

600,00

8,00

48,00

Agosto

15.000,00

18,00

2.700,00

Septiembre

400,00

10,00

40,00

Septiembre

40.000,00

21,00

8.400,00

Total IVA Deducible

77.500,00

 

14.908,00

 

Por tanto, los datos para la liquidación y resultado de la declaración serían los siguientes:

 

Base

Tipo IVA

Cuota

IVA Devengado

145.000,00

19,03

27.600,00

IVA Deducible

77.500,00

 

14.908,00

Resultado Declaración

A Ingresar

12.692,00

Actualización 1 de octubre de 2012. Aquí puedes descargar el  borrador del modelo 303 de Declaración del IVA de la empresa Pyme S.L. del tercer trimestre del 2012 del caso práctico.

Por si te fuera de utilidad para tu próxima declaración, comparto contigo la Aplicación Excel que me ha servido para desarrollar este pequeño ejemplo práctico.

Finalmente pongo a tu disposición algunos documentos elaborados por la Agencia Tributaria muy útiles como información práctica adicional para declarar correctamente el IVA a partir de ahora:

Cuadro con los nuevos tipos de IVA aplicables a partir del 1 de septiembre de 2012

Nota sobre diferentes cuestiones planteadas ante el cambio de tipos del IVA

Preguntas frecuentes sobre los nuevos tipos del IVA

– Nota sobre la cumplimentación de las declaraciones de IVA a partir de septiembre de 2012

 

 

Foto @kenteegardin, distribuida con licencia Creative Commons BY-2.0

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *