Las nuevas obligaciones contables europeas que se aplicarán a las pymesDavid Ballester 25 septiembre, 2013 En el post anterior hablamos sobre la indiscutible importancia que las pymes tienen en nuestro país como motor del crecimiento, empleo y desarrollo económico. La importancia de las pymes en la Unión Europea La Unión Europea (UE) reconoce que la capacidad de aprovechar el potencial de crecimiento e innovación de las pequeñas y medianas empresas será decisiva para la prosperidad futura de la UE, señalando que el papel de las pymes en nuestra sociedad es cada vez más importante, ya que crean empleo y son protagonistas clave para garantizar la prosperidad de las comunidades locales y regionales. Unas pymes dinámicas darán a Europa la fuerza necesaria para hacer frente a la incertidumbre del actual mundo globalizado. Dentro de la idea de “pensar primero a pequeña escala” la UE está desarrollando una iniciativa que pretende reforzar el crecimiento y la competitividad sostenibles de las pymes basándose en estos diez principios recogidos en el documento Small Business Act para Europa. Todo ello según la intención de hacer que las pymes encuentren en la UE el entorno más propicio posible. Una de las preocupaciones más importantes de las pymes es el volumen de cargas administrativas que deben soportar en el ejercicio de su actividad. Con el fin de desarrollar todas estas cuestiones, por parte de la UE se ha establecido la «Estrategia Europa 2020«, que persigue un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y pretende reducir las cargas administrativas y mejorar el entorno empresarial, en particular en el caso de las pymes, así como promover la internacionalización de este tipo de empresas. La nueva Directiva Europea de Estados Financieros de las pymes Como consecuencia de todo lo expuesto hasta aquí, el pasado mes de julio entró en vigor una nueva directiva de la UE sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas. ¿A quién se dirige la nueva directiva? A determinadas empresas en las que la responsabilidad está limitada, tales como las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada y también sociedades colectivas y comanditarias. ¿Cuáles son sus objetivos? Los objetivos principales de la directiva que afecta a las pymes y microempresas son: Que las cargas administrativas sean proporcionales a los beneficios que reportan. Se considera preciso que la legislación de la Unión en materia de contabilidad logre un equilibrio adecuado entre los intereses de los destinatarios de los estados financieros y el interés de las empresas en no soportar una carga indebida por cumplir los requisitos de información. Garantizar que los requisitos para las pequeñas empresas se armonicen en gran medida en toda la Unión y evitar cargas administrativas desproporcionadas a dichas empresas. Que los Estados miembros solo exijan unas pocas comunicaciones mediante notas adicionales a las notas explicativas obligatorias. ¿Cómo se clasifican las empresas en la directiva? En primer lugar, es interesante observar cómo se establecen en la directiva las diferentes categorías de sociedades en función de su tamaño. Son las siguientes: Microempresa Pequeña empresa Empresa mediana Empresa grande La nueva norma europea también incluye los principios generales de información financiera de los estados financieros anuales. ¿Qué modelos de estados financieros establece la nueva directiva? En cuanto al Balance y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias se presentan los siguientes modelos: Balance con estructura horizontal Balance con estructura vertical Cuenta de pérdidas y ganancias por naturaleza del gasto Cuenta de pérdidas y ganancias por función del gasto Simplificación de obligaciones de información para pymes y microempresas En cuanto a la simplificación de las obligaciones de información, la directiva reconoce que las microempresas disponen de recursos limitados para satisfacer requisitos normativos exigentes y que en los casos en que no existan normas específicas para las microempresas, se les aplican las normas relativas a las pequeñas empresas, lo que les provoca unas cargas administrativas que son desproporcionadas en relación con su dimensión. Por ese motivo, debe existir la posibilidad para los Estados miembros de eximir a las microempresas de determinadas obligaciones aplicables a las pequeñas empresas que les impondrían cargas administrativas excesivas. Sin embargo, las microempresas deben seguir estando sujetas a toda obligación nacional de llevar un registro en el que consten sus transacciones comerciales y su situación financiera. | Simplificación y exenciones para las microempresas. En cuanto a las pequeñas empresas, la directiva contempla que los Estados miembros podrán exigir a las pequeñas empresas que elaboren y publiquen información en los estados financieros que vaya más allá de los exigencias de las recogidas en la propia directiva, siempre que esa información se reúna en un único sistema de presentación y la exigencia de publicación esté prevista en la legislación tributaria nacional estrictamente a efectos de recaudación de impuestos. | Simplificación para las pequeñas y medianas empresas. ¿Cuándo entran en vigor las nuevas obligaciones? En cuanto a la adaptación de lo contenido en esta nueva norma europea a las normas nacionales, se establece que se debe dar cumplimiento a lo establecido en la directiva a más tardar el 20 de julio de 2015 y serán de aplicación por primera vez a los estados financieros del ejercicio que comienza el 1 de enero de 2016 o durante el ejercicio 2016. Si esta normativa que ahora se aprueba, y que tiene que ser traspuesta a la normativa nacional, permite que las pymes y microempresas reduzcan el tiempo que dedican al cumplimiento de cargas administrativas y que dejan de dedicar a su negocio, la normativa habrá cumplido su propósito. A nivel nacional, dentro de las acciones que se están llevando a cabo para favorecer la creación y apoyo a las pymes y microempresas, se ha aprobado definitivamente la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, de la que te informaremos ampliamente aquí en los próximos posts. 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Hola David: Como siempre, tus opiniones, comentarios y exposiciones son interesantísimas, claras, completas y con enfoque práctico. Muchas gracias una vez más JOSE MARIA Responder