¿Es aconsejable contratar a familiares en tu empresa?

De forma general, se entiende por empresa familiar aquella en la que la mayor parte de la propiedad pertenece a una o varias familias, cuyos miembros influyen de manera decisiva en su administración y gestión. Más concretamente y en base a la definición aprobada en 2008 por el antiguo Grupo Europeo de Empresas Familiares (GEEF), hoy en día denominado European Family Businesses (EFB), y la Family Business Network (FBN), una compañía sin importar su tamaño es considerada familiar si cumple las siguientes condiciones:

Según el estudio “La Empresa Familiar en España (2015)” elaborado por la red de Cátedras de Empresa Familiar y el Servicio de Estudios del Instituto de la Empresa Familiar (IEF), 1,1 millones de empresas son familiares en España, lo que representa el 89 por ciento del total (teniendo en cuenta que este estudio no incluye ni a los autónomos ni a otras formas jurídicas distintas de las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada). En términos de creación de empleo, la empresa familiar crea el 67 por ciento del empleo privado, con un total de más de 6,58 millones de puestos de trabajo, y genera el 57,1 por ciento del producto interior bruto (PIB) del sector privado.

Por tanto, son muchas las compañías que operan en el mercado bajo la fórmula de empresa familiar, donde especialmente en el caso de las pequeñas y medianas empresas varios miembros de la familia se agrupan en torno a la figura del promotor o emprendedor. Como casi todo en la vida, montar una empresa con familiares tiene ventajas e inconvenientes, siendo uno de los mayores retos el tratar de separar negocio y relaciones familiares. No saber diferenciar entre la vida personal y la empresarial puede ser, y ejemplos hay a millares, motivo de conflicto que comprometa la marcha del negocio… y de la propia familia.

Contratar o no a familiares

Un tema peliagudo que suele causar muchos quebraderos de cabeza a los empresarios es el de si deben contratar o no a familiares, sobre todo cuando la dimensión de la empresa aumenta y en plantilla se combinan trabajadores que pertenecen a la familia con otros que no lo son. La recomendación aquí debe ser tomar la decisión siempre atendiendo a criterios de racionalidad empresarial, pensando primero en lo que es mejor para el negocio. Es decir, contrato a un sobrino para el puesto, no porque sea mi sobrino, sino porque es un profesional cualificado para desempeñarlo, y en el que además se da la circunstancia menor de ser mi sobrino.

Unido al hecho de la contratación está el de la coherencia retributiva a familiares frente a los que no los son. Siguiendo el ejemplo anterior, al profesional cualificado que contrato, y que tengo la suerte de que además es mi sobrino, le fijo unas condiciones retributivas acordes al puesto que desempeña con independencia de cuál sea nuestro vínculo familiar. Esto opera en ambos sentidos, es decir, no le favorezco por ser familiar, pero tampoco le ofrezco unas condiciones laborales peores que las que ofrecería a un trabajador no miembro de la familia. No parece ético ni denota ser buen gestor aquel empresario que recurre sistemáticamente a familiares para no realizar contratos de trabajo o para tener una mano de obra barata.

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