El 1 de julio ha comenzado el plazo de presentación del impuesto sobre Sociedades de 2019 para aquellas empresas cuyo ejercicio coincide con el año natural.
Y, como no puede ser de otra manera, la presentación del impuesto de ste año viene marcada también por el efecto del COVID-19.
En primer lugar y como cuestión derivada de la situación, los plazos para que las empresas formulen y aprueben las cuentas 2019 se han visto modificados por la declaración del estado de alarma en nuestro país el pasado mes de marzo. En este enlace se pueden consultar los nuevos plazos.
Presentación del impuesto con cuentas sin aprobar
Como consecuencia de dicha modificación de plazos, puede darse la circunstancia que en las actuales fechas, las empresas no hayan aprobado todavía las cuentas anuales del ejercicio 2019.
En ese caso, se ha establecido que las empresas pueden presentar el Impuesto de Sociedades con las cuentas anuales de las que dispongan en ese momento, aunque no hayan sido aprobadas, y se permite de forma excepcional y solo en este ejercicio, que procedan a presentar una segunda declaración del Impuesto, en el caso en el que se produzca diferencia en el resultado contable en las cuentas que sean finalmente aprobadas. Así es como se establece de forma detallada este procedimiento.
Cuestiones prácticas y operativas del Impuesto sobre Sociedades
Los modelos para la presentación del Impuesto sobre Sociedades 2019 se han aprobado mediante la Orden HAC/565/2020, de 12 de junio.
A efectos prácticos, como cada año, la web de la Agencia Tributaria dedica un espacio a la campaña de presentación de Sociedades 2019, donde es importante visitar en primer lugar el apartado sobre “Períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2019”.
También, como viene siendo habitual, se ha publicado el Manual Práctico Sociedades 2019.
Principal novedad de la campaña
La novedad más destacada de esta campaña es que, por primera vez, desde el día 1 de julio, se ha puesto a disposición de los obligados tributarios toda la información de sus datos fiscales, a efectos de la cumplimentación de la declaración del Impuesto correspondiente al ejercicio 2019, con independencia del tipo de entidad, del período de liquidación o de que hubiese presentado la autoliquidación del impuesto en el ejercicio 2018.
El servicio estará disponible en las lenguas cooficiales y en inglés, y también en este enlace para el acceso con certificado electrónico.
Se ha establecido también un Simulador Web Open para la declaración, si se desea como paso previo a la elaboración de la declaración.
Información complementaria para el Impuesto de Sociedades
A efectos operativos prácticos de elaboración de la declaración, es importante destacar y tener muy en cuenta lo siguiente:
- Novedades campaña Impuesto sobre Sociedades 2019.
- Preguntas frecuentes relacionadas con el plazo de declaración del Impuesto sobre Sociedades (art. 12 del Real Decreto Ley 19/2020).
- Novedades en el Impuesto sobre Sociedades publicadas en 2019.
- Videotutoriales sobre la campaña de Sociedades 2019.
Con toda la información recogida en este artículo, el objetivo es que la elaboración y presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades, correspondiente al ejercicio 2019, puedan llevarla a cabo las empresas, dentro de las extraordinarias y anómalas condiciones existentes, de la forma más eficaz, eficiente y correcta posible.