Documentación necesaria para solicitar un préstamo de la Línea ICO COVID-19

Líneas de préstamos ICO COVID-19

Entre las soluciones financieras a las que están acudiendo las pymes y los autónomos para superar la crisis asociada al coronavirus, destaca la Línea de préstamos ICO COVID-19, aprobada por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.

La idea es que estos préstamos avalados en parte por el Estado permitan paliar los efectos económicos del coronavirus, garantizando la liquidez y cubriendo las necesidades de circulante (a corto plazo) de las empresas.

Los conceden las entidades financieras, y en el caso concreto de pymes y autónomos están avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) en un 80 por ciento del principal, no garantizándose ni el pago de intereses ni de comisiones.

Tramos liberados para pymes y autónomos

En principio la Línea de préstamos ICO COVID-19 prevista alcanza los 100.000 millones de euros, de los cuales ya se han liberado 80.000 (60.000 para pymes y autónomos, y 20.000 para el resto de empresas).

En concreto, para pymes y autónomos se han dispuesto los cuatro tramos siguientes:

A pesar de que muchos empresarios ya han acudido a estos préstamos, todavía pueden seguir solicitándose, en principio hasta el próximo 30 de septiembre o hasta que se agoten los fondos, teniendo en cuenta que todavía no se ha alcanzado el límite previsto.

Por tanto, es interesante que aquellas pymes y autónomos que se estén planteando utilizarlos, conozcan los documentos y datos que, por regla general, les pedirán los bancos.

Documentos solicitados

Debe diferenciarse entre empresarios (pymes y autónomos) con alta en 2019 y ejercicios anteriores, y empresarios con alta en 2020.

Empresarios con alta en 2019 y ejercicios anteriores

Pymes

Autónomos

Empresarios con alta en 2020

Pymes

Autónomos

Datos solicitados

En cuanto a los datos solicitados por las entidades financieras que conceden los préstamos ICO COVID-19, destacan los siguientes (que habrán de ser aportados siempre que el empresario por sus circunstancias particulares deba tenerlos):

Informe financiero

Por último, y aunque no sea obligatorio, resulta muy recomendable acompañar la petición de fondos avalados por el ICO de un informe financiero en el que se incluyan los siguientes apartados:

Este informe es significativo, ya que a pesar de que el préstamo esté avalado en gran parte por el Estado, son las entidades financieras las que analizan el riesgo de la empresa y sus posibilidades de supervivencia antes de aprobar la operación.

Tanto la cantidad como la calidad de la información que se les presente pueden aumentar las posibilidades de concesión.

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