Tras meses de negociaciones entre el Gobierno y las asociaciones, por fin hay acuerdo: el sistema de módulos por el que tributan cerca de 400.000 autónomos en nuestro país, según ATA, la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos, seguirá vigente en 2020.
Esta noticia supone que se mantengan los mismos límites para este método de estimación objetiva o estimación por módulos que en los cuatro años anteriores. Esto es, que el límite de facturación para tributar siga siendo 250.000 euros, algo que ha hecho respirar a muchos autónomos.
Creado en 1993, este mecanismo de tributación a Hacienda se concibió para facilitar los deberes fiscales a autónomos y micropymes con una facturación reducida, según su consumo de luz, la superficie del local y la actividad.
Es decir, sus contribuyentes no tributan en función de sus gastos e ingresos, sino que cuentan con un sistema más sencillo y pagan una cantidad fija de IVA para abaratar su contabilidad, al ser micropymes.
Una contabilidad más sencilla
En líneas generales, el sistema de módulos permite una contabilidad más sencilla.
Por ejemplo, los autónomos que se acogen a este sistema, aunque sí están obligados a conservar las facturas emitidas y recibidas y los justificantes de los módulos aplicados, no necesitan llevar al día los libros de ingresos y gastos.
La razón es que el sistema de módulos funciona según una escala que atiende a un conjunto de indicadores y que es la que establece exactamente cuánto le corresponde pagar trimestralmente a cada autónomo.
Los indicadores de la escala pueden ser muy variados y depender del tamaño del local, la longitud de una barra de bar, la estacionalidad del negocio, el consumo eléctrico, el número de empleados, etc.
Es decir, mediante este sistema el autónomo no paga realmente sus impuestos por la diferencia entre ingresos y gastos, sino que es el sistema, esa escala, la que establece una estimación de los beneficios que ese autónomo va a generar y, en función de estos, tributa una cantidad u otra.
En resumen, la principal diferencia es que por estimación directa tributas por tus ingresos reales, por lo que pagarás más o menos impuestos según sean tus beneficios, y por el de módulos siempre pagarás lo mismo.
Ventajas del sistema de módulos
Frente a la estimación directa, como señalábamos, el sistema de módulos ofrece una mayor sencillez.
Pero, además, y al no basarse en el cómputo de gastos e ingresos, si el negocio está bien dimensionado y las infraestructuras ajustadas, la carga fiscal se reduce.
Como señalan desde la Agencia Tributaria, este régimen solo se aplica a los autónomos cuya actividad está incluida en la orden HAC/1264/2018 y que no superen los siguientes límites:
- El volumen de ingresos en el ejercicio anterior no debe superar los 250.000 euros. Será de 125.000 € en el caso de emitir facturas a empresas u otros autónomos.
- El volumen de compras, en el mismo periodo, no debe exceder los 250.000 euros.
- No haber renunciado ni estar excluido del régimen simplificado del IVA o del especial de la agricultura.
- El declarante no podrá realizar otras actividades que tributen en estimación directa.
El sistema de módulos, en el punto de mira
El sistema de módulos se prorroga de momento, pero no sabemos hasta cuándo, ya que, desde hace años, es motivo de polémica.
¿La razón? Principalmente que esa menor carga fiscal que permite es vista por algunos, entre ellos los técnicos del Ministerio de Hacienda, como un posible nido de fraude.
Una acusación que, este año, se veía acompañada de la publicación, por primera vez, de los datos de tributación de los autónomos adscritos al sistema de módulos dirigido a pequeños comerciantes.
Dichas cifras revelaban que estos contribuyentes pagaron impuestos con un tipo del 7,27% en 2016 (últimos datos disponibles), once puntos por debajo de la media de los casi 20 millones de declarantes del IRPF y frente al 20,33% que pagó la media del total de los autónomos.
Por ello, desde hace tiempo, desde el Ministerio se apunta a un endurecimiento del sistema de módulos, especialmente de los límites económicos que establece.
Así, los planes ministeriales pasan, desde la reforma del IRPF aprobada en 2016, por bajar el límite de facturación para tributar de los citados 250.000 a los 150.000 euros y, en el caso de facturación a otras empresas, de 125.000 euros a 75.000 euros.