El pasado 25 de agosto el Gobierno convalidó el decreto del nuevo sistema de cotización por ingresos reales para los autónomos. Una reivindicación histórica del colectivo de los trabajadores por cuenta propia, para que las cotizaciones del sistema RETA se ajusten a los ingresos reales y no a los ingresos brutos.
Un periodo transitorio de 9 años, en los que las cuotas irán aumentándose o reduciéndose progresivamente, según los casos; 15 tramos de cotización, y posibilidad de cambiar la cuota de cotización hasta seis veces a lo largo del año son las medidas más importantes de este Real Decreto que entrará en vigor el 1 de enero de 2023.
Pero ¿de qué cuota fija mínima partimos? ¿Cuál es la propuesta del Gobierno? ¿En cuánto se incrementarán las cuotas? ¿Cómo afectará a los que menos facturan? ¿Y a los que más facturan? Muchos interrogantes y muchos factores que entran en juego. Te lo contamos todo aquí.
Cambio de paradigma para autónomos y emprendedores
El número de autónomos en España, a marzo de 2022, se sitúa en 3.323.536. De estos, algo más de tres millones de trabajadores autónomos, es decir, el 85%, cotiza por la base mínima, actualmente fijada en 294€. En este dato se ha basado el Real Decreto para introducir los conceptos de proporcionalidad y progresividad contributiva.
Eso quiere decir que no es lo mismo pagar esos 294€ para un autónomo que facture 700€ al mes que para otro que salga por 2.500€ mensuales. Hoy en día, ambos pueden cotizar por la misma cuota, la mínima. Aun cuando la diferencia de facturación es notable.
Cambiar de un sistema en el que la cuota mínima es fija a otro en el que se establece una progresividad (pagas según facturas) supone un cambio de paradigma, tanto para lo bueno como para lo malo.
Para lo bueno, porque muchos de estos autónomos que no llegan al salario mínimo interprofesional (SMI) verán sus cuotas rebajadas o porque habrá más flexibilidad para cambiar de cuota, según los ingresos que se obtengan durante el año. No es lo mismo afrontar un trimestre flojo en facturación con una cuota que con otra.
Para lo malo, porque las cuotas en los tramos de ingresos más altos, ahora lo veremos, pueden duplicarse de aquí a 2032, que es cuando vence el periodo transitorio. O porque -al subir las bases de cotización- los autónomos que tienen empleados contratados incurren en más costes, evidentemente.
Cuotas de autónomos hasta 2032
El 1 de enero de 2023 se dará el pistoletazo de salida a las nuevas cuotas de los autónomos, que contará con un periodo de transición de nueve años hasta 2032. Pero en los tres primeros años, de 2023 a 2025, la cuota se irá adaptando al nuevo sistema.
¿Esto que quiere decir? Pues que según sean los rendimientos netos de los autónomos (ingresos menos gastos), se irán reduciendo o incrementando. O manteniéndose, según el caso. ¿Cómo saberlo? Ateniéndonos a los quince tramos establecidos, los tres primeros con «tabla reducida», y los doce siguientes con «tabla general».
- Si nos referimos a autónomos que facturan por debajo o igual al salario mínimo interprofesional, con la cuota mínima actual están pagando 294€. A partir del 1 de enero de 2023, pagarán 230€, y después la cuota se reducirá progresivamente a 225€ en 2024 y 200€ en 2025.
- Supongamos ahora que nos referimos a otro grupo de autónomos, que factura 1.300€ mensuales, o inferior o igual a 1.500€ o por encima de los 1.500€ mensuales, pero que no superan los 1.700€ al mes. Para este grupo, la cuota de cotización de autónomos se mantendría en los 294€ actuales durante los tres años. Desde 2023 a 2025.
- A partir de esta cantidad, los 1.700€ mensuales, la cuota va subiendo desde los 310€ en 2023 para rendimientos netos entre 1.700€ o inferiores o iguales a 1.850€, hasta los 500€ de base mínima de cotización para rendimientos netos de más de 6.000€ al mes, e incrementándose hasta 2025 en todos los casos.
A partir de 2025, todos los interlocutores sociales y el Gobierno tendrán que pactar de nuevo los tramos para los siguientes años hasta 2032.
Los quince tramos para 2023-2025
Otras medidas importantes para los autónomos
El nuevo sistema también introduce cambios importantes en cuanto a la deducción de gastos o la flexibilidad en las bases de cotización. En concreto, establece que gastos como la inversión en ordenadores o suministros, hasta ahora de difícil deducción, puedan desgravarse hasta un 7% para los autónomos y un 3% para los autónomos societarios.
En cuanto al cambio en las bases de cotización, a partir de 2023, los autónomos podrán llevarlo a cabo hasta seis veces en un mismo año atendiendo a previsiones de facturación.
Quedan puntos sin resolver, como por ejemplo, cómo incluir en este sistema a los autónomos que solo trabajan en determinados momentos del año y para los que la cuota mínima sigue siendo muy alta y, por tanto, inasumible. O también cómo adaptar la “tarifa plana” para los autónomos que no llegan al SMI, que seguirán pagando la misma cuota aunque su facturación no llegue a los 900€.
Foto de Freepik