El modelo 347 se presentará en febrero de 2019, en lugar de en enero como estaba inicialmente previsto, y así se ha hecho público en el BOE del 31 de octubre:
La Orden incluye lo siguiente, en relación al modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas:
Plazo de presentación del modelo 347
La presentación de la declaración anual de operaciones con terceras personas, modelo 347, SE REALIZARÁ DURANTE EL MES DE FEBRERO DE CADA AÑO EN RELACIÓN CON LAS OPERACIONES REALIZADAS DURANTE EL AÑO NATURAL ANTERIOR, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y será aplicable por primera vez para la presentación de las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido, modelos 303 y 322, correspondientes al último período de liquidación de 2018 y de las declaraciones informativas, modelos 390 y 347, correspondientes a 2018.
Si necesitas más información, aquí tienes el enlace a la Orden completa.