Hace unos meses escribí en este mismo blog un post sobre los aspectos legales de una tienda online, en el que comentaba qué elementos debían incluir las Condiciones Generales o Avisos Legales de un comercio electrónico, con una mención especial a los derechos del consumidor recogidos en la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios. Me ha parecido importante ampliar un poco más la información, ya que por un lado preocupa a muchos emprendedores y, por otro, en numerosas ocasiones queda olvidado en los nuevos proyectos digitales y pasa a ser una cuestión secundaria para los propietarios, cuando en realidad es fundamental para evitar problemas, reclamaciones y multas.
Es imprescindible tener en cuenta que cualquier negocio en la Red está sujeto a obligaciones legales, al igual que un negocio físico, pero con unas características algo distintas que regulan ciertos aspectos que sólo se dan en el comercio electrónico.
Cuando ponemos en marcha un eCommerce, los aspectos legales deben ser tomados muy en serio, para evitar sanciones o reclamaciones innecesarias y adaptarlo en todo momento a las leyes vigentes, que en el sector digital son además cambiantes, ya que el propio sistema de legislación requiere una adaptación a estos nuevos modelos de negocio para que empresas, emprendedores y consumidores permanezcan protegidos y puedan acceder a sus derechos y obligaciones, de la misma forma que lo hacen en el mundo offline. Dicho esto, considero muy recomendable disponer de un socio especializado o bien pertenecer a alguna asociación que permita a la empresa estar al día de todas las modificaciones que se van realizando sobre la Ley vigente.
Puesto que el comercio electrónico evoluciona de forma vertiginosa, a menudo la Ley debe adecuarse constantemente para mantener todos los niveles de seguridad necesarios para empresas y consumidores, obligando así a los comercios electrónicos a verificar la correcta adecuación a la Ley en todo momento.
Las obligaciones legales que derivan de un sitio web o eCommerce son uno de los aspectos que más preocupan a las empresas o emprendedores de un proyecto digital, y a la vez infunden mucha más confianza y seguridad al usuario/cliente si se percata de que el eCommerce está al día y que puede ejercer sus derechos de forma fácil.
La contratación electrónica presenta ciertas particularidades que la hacen algo diferente de la formalización de acuerdos en otros ámbitos, aunque la celebración del contrato de forma electrónica y las obligaciones que de él se derivan estarán igualmente sujetas al ordenamiento jurídico que regula otros contratos como la LSSI (Ley de Servicios de la Sociedad de Información).
Las obligaciones previas a la contratación se deben tener en cuenta para cualquier prestador de servicios; el eCommerce tiene la obligación de poner a disposición del cliente, antes de la contratación, lo siguiente:
- Idiomas en que podrá formalizarse el contrato.
- Trámites que se han de seguir para la celebración del contrato.
- Características del bien o servicio ofrecido, vigencia del precio u oferta.
- Gastos de envío en el caso de que existan.
- Medios de pago disponibles y formas de entrega.
- Si el eCommerce archiva el documento electrónico en el que se formaliza el contrato, debe comunicar si éste será accesible.
- Medios técnicos que se pondrán a disposición del destinatario, para que pueda identificar o corregir errores referentes a los datos suministrados.
Todas estas obligaciones se darán por cumplidas si el comercio electrónico incluye en su sitio web toda esta información, y en el caso de acceso a través de dispositivos móviles, se darán por cumplidas tan solo facilitando al usuario un enlace desde el que pueda acceder a dicha información.
Las obligaciones posteriores a la contratación son:
- Envío de acuse de recibo a través de correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación electrónico equivalente a la dirección, que el contratante haya señalado, en un plazo de 24 horas posteriores a la recepción de la aceptación.
- Confirmación por correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación electrónico de la aceptación recibida.
Existen algunas excepciones aplicables a las obligaciones anteriores y posteriores a la celebración del contrato, que son:
- Cuando existe un acuerdo entre las dos partes y ninguna de ellas pueda ser considerada como consumidor.
- Si el contrato se ha celebrado únicamente mediante el intercambio de correos electrónicos o algún medio electrónico equivalente.
Es importante recordar que el incumplimiento de estas obligaciones puede llevar a una inspección y procedimiento sancionador, con multas que podrían llegar a 600.000,00 euros en caso de considerarse una infracción “muy grave”; este problema es fácil de evitar si la empresa da la importancia que se merece al entorno legal de su negocio.
Otro aspecto relevante, desde el punto de vista legal, es la adaptación del eCommerce a la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos), pero de ello hablaré en el próximo artículo.
Foto: Hernán Piñera