Todo lo que debes saber para emitir y numerar facturas

Cómo hacer facturas

La labor de facturación es una de las más agradecidas en cualquier negocio… siempre que las facturas se emitan cumpliendo con todos los requisitos legales.

Muchos profesionales independientes y pequeños empresarios facturan sin el apoyo de los prácticos programas de contabilidad o de un profesional, pero esas carencias no les exime de responsabilidades.  

Qué datos debe incluir una factura

Todas las facturas emitidas deben incluir los siguientes elementos:

Para los abonos bancarios no se debe olvidar incluir el medio de pago, pero ese no es un requisito legal de la factura.

Dudas frecuentes a la hora de facturar

El Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre que regula todas las obligaciones de facturación, ofrece toda la información de forma minuciosa para resolver dudas más específicas, entre ellas:  

Facturas exentas de impuesto

En el caso de que la factura documente una operación exenta de IVA –como ocurre con la prestación no regular de servicios de formación, colaboraciones literarias y muchas artísticas– se debe señalar el precepto legal que lo justifica.

En párrafo específico se debe señalar la ley que lo avala, por ejemplo, si se refiere a la Directiva 2006/112/CE, de 28 de noviembre (relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido) o a los preceptos de Ley del 37/1992 de 28 de diciembre del IVA.

Si es el cliente quien expide la factura

Puede ocurrir que sea el adquirente o destinatario del producto o la prestación quien expida la factura en lugar del proveedor. En esta situación se debe especificar con la siguiente leyenda “facturación por el destinatario”.

Cómo enumerar las facturas

Aunque no hay obligación legal de iniciar una nueva numeración con el arranque de cada nuevo año, lo habitual es que con cada ejercicio fiscal se cambie de numeración.

La Agencia Tributaria permite que se creen diferentes series dentro de un único NIF, por supuesto con una numeración correlativa y cronológica dentro de cada serie.

Un supuesto típico es el de empresarios que cuentan con varios establecimientos o el autónomo que realiza dos o más actividades cuya contabilidad quiere diferenciar.

También hay supuestos en que existe la obligación de emitir facturas en series específicas diferentes. Los tres supuestos que prevé la ley son:

Recomendaciones para la numeración de las facturas

Aunque basta con aplicar el sentido común, recogemos cinco de las directrices de la Agenda Tributaria para la asignación de números de serie o números de factura:

Plazo de envío de facturas

Es un tema para muchos desconocido, pero una factura no puede ser enviada trascurridos más de 30 días desde la fecha de emisión.

Facturas con más de un concepto

Una misma factura puede incluir distintas operaciones, siempre que hayan sido realizadas para un mismo destinatario en un mismo mes natural.

Durante cuánto tiempo deben guardarse las facturas

Es un tema rodeado de cierta controversia. A efecto fiscal se deben conservar los últimos cinco ejercicios, pero a efectos mercantiles el Código de Comercio establece un plazo de seis años.

En ambos casos este plazo se debe respetar tanto cuando la empresa continúa con su actividad como cuando está inactiva o disuelta. En consecuencia, lo recomendable  es conservarlas durante seis años, por fortuna es posible hacerlo en formato electrónico.

Puedes resolver más dudas consultando el apartado de Obligaciones de facturación en la web de la Agencia Tributaria.

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