Bonificaciones y ayudas para la contratación de becarios

Los becarios, como las bicicletas, son para el verano. Acuden repeinados y acicalados a su primera entrevista de trabajo. Algunos tienen hambre de comerse el mundo, mientras otros titubean y dudan al hablar. El sudor de las manos humedece las páginas de un curriculum que tirita. Su vestimenta es acorde al puesto que desean, y sus ojos demuestran ansia por empezar. El comienzo del mes de julio constituye el pistoletazo de salida para la campaña de contratación de becarios. Y es que por el tipo de actividad económica característica de España -muy vinculada a la hostelería, el turismo y el comercio-, la temporada estival es la época del año más propicia para contratarlos.

Una de las opciones más recurrentes para los empresarios es reclutar becarios gracias a los convenios que se firman con diferentes entidades educativas de grado superior. Carlos Martínez, director general de IMF Business School, explica que se trata de una colaboración entre el alumno y la empresa, y que el objetivo es que el becario ponga en práctica todo lo que va aprendiendo en un entorno de trabajo real. “Teoría y práctica van unidas, de forma que los alumnos adquieren las competencias necesarias para incorporarse al mercado laboral”.

Sin embargo, este tipo de colaboraciones también reporta ventajas para las empresas, ya que supone una oportunidad para conocer de primera mano a la persona que realiza prácticas con ellos, y constituye una forma de descubrir nuevos talentos. “Las compañías deben tener en cuenta que lo más importante es ofrecer unas funciones acordes con la formación que está recibiendo el alumno, tutorizar las prácticas y guiarle en el aprendizaje. El objetivo es formar a sus futuros profesionales, capaces de resolver y desempeñar de forma autónoma su trabajo, por lo que hay que invertir tiempo en esta formación del alumno en prácticas”, apostilla Martínez.

Mientras que a los empresarios se les presenta la oportunidad de conocer nuevos profesionales que, si encajan en el puesto, pueden volver a ser contratados para campañas de Navidad u otros momentos con picos de actividad, los jóvenes tienen la posibilidad de descubrir la realidad laboral. Pero, ¿qué opciones tienen las pymes a su alcance para contratar becarios?

Angustias Pendón, directora de Recursos Humanos de Audiolís, explica que las empresas interesadas en contratar becarios u otros perfiles profesionales sin experiencia previa tienen, principalmente, tres posibilidades:

A la hora de contratar este tipo de perfiles, la directora de Recursos Humanos de Audiolís advierte que un aspecto muy importante, y que se suele descuidar bastante, es que realmente se haga un proceso de selección. Y es que muchas veces, por el hecho de tratarse de un contrato en prácticas o bonificado, no se realiza ningún tipo de evaluación. Pero ya que estas contrataciones deberían potenciar que la persona no sólo adquiera la experiencia profesional, sino que en un futuro pueda tener una continuidad en la empresa, “es primordial que el empresario valore si tiene unas competencias que se adaptan a las necesidades de la organización”.

Asimismo, Pendón revela otro aspecto muy importante: contar con los canales adecuados para conseguir este tipo de perfiles, como los acuerdos de colaboración con centros de formación, e incide en que si la empresa no cuenta con estos canales, es más difícil llegar a los candidatos, porque no suelen hacer una búsqueda activa de empleo, dado que están estudiando.

Si bien la principal ventaja para el empresario de las becas no remuneradas es que no tiene ningún tipo de coste, los candidatos son jóvenes con mucha motivación e ilusión. Y aunque las prácticas curriculares conlleven una pequeña cuantía económica de unos 500 euros de media, no existe una relación contractual, por lo que los asuntos relacionados con la Seguridad Social, por ejemplo, los gestiona el centro de formación. De forma paralela, “suelen ser alumnos bien formados a un coste asequible”.

Pero, más allá de las evidentes ventajas que reporta a una empresa el colectivo de los becarios, ¿qué deben tener en cuenta las pymes para ofrecer este tipo de contratos? Pendón aclara que para una beca no remunerada los candidatos deben cumplir siempre los siguientes requisitos: ser estudiantes y estar en un centro de formación finalizando unos estudios, que además implican la obligatoriedad de hacer prácticas profesionales. Y en las prácticas remuneradas es la propia entidad formadora la que vela por que la persona cumpla los requerimientos.

En ambos casos, “lo importante como único requisito es tener la correspondiente documentación firmada con el centro de formación. Todas las gestiones corren a cargo del centro formativo, por lo que la empresa, al margen de firmar esa documentación, únicamente debe asumir las obligaciones que conlleva esa contratación (cumplir con los horarios, llevar una tutorización adecuada de las prácticas del alumno y realizar una evaluación final de las prácticas)”.

Pendón señala que cuando se trata de un contrato en prácticas, el requisito fundamental es que no haya finalizado la titulación hace más de cinco años. En cambio, en el caso del contrato de formación, el requerimiento esencial es que se trate de jóvenes desempleados menores de 30 años inscritos en una Oficina de Empleo y sin límite de edad para personas con discapacidad (igual o superior al 33%) o en exclusión social contratadas por empresas de inserción. “No deben tener formación reglada ni experiencia laboral amplia en relación con la ocupación que van a desempeñar”.

Mientras que en las prácticas remuneradas la responsabilidad de que el candidato cumpla las precisiones recae sobre el centro de formación, en las modalidades contractuales debe ser la empresa la que se encargue de realizar todas las gestiones pertinentes, entre las que destacan los trámites con el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), o el alta del trabajador con la documentación oportuna (DNI, tarjeta, seguridad social, tarjeta de demandante de empleo…). En el caso del contrato de formación -recuerda Pendón- hay que tener en cuenta que desde enero de 2016 hay que solicitar la autorización de inicio de la actividad formativa al Servicio de Empleo correspondiente con un mes de antelación al alta de la contratación.

 

Modalidades contractuales

Entre las principales ventajas que tienen para las empresas las diferentes modalidades contractuales las siguientes, Angustias Pendón resalta:

 

Contratos para la formación y el aprendizaje

Se trata de una modalidad contractual que permite a los jóvenes formarse en una determinada ocupación, al tiempo que ganan un salario y cotizan en la Seguridad Social. Está dirigida a menores de 30 años desempleados e inscritos en una Oficina de Empleo, y que no tengan una formación reglada en la ocupación que van a desempeñar. Las características de este contrato, según Pendón, son las siguientes:

 

Foto: Clokka

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